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Vicepresidente del Senado pedirá celeridad para proyecto que busca quitar los privilegios a miembros del clero

By Angélica Baeza
La Tercera
March 29, 2019

https://bit.ly/2JSRPWF

Fachada de la Catedral Metropolitana, en el centro de Santiago.

El Senado además tiene en tabla, votar la revocación de la nacionalidad del exarzobispo en el Senado.

[Senate Vice President wants to accelerate efforts to remove clergy privileges and mandate reporting of abuse]

Alfonso de Urresti pedirá acelerar el proyecto que busca eliminar privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas. En la Cámara, en tanto, una iniciativa apunta a que autoridades eclesiásticas estén obligadas a denunciar los delitos cometidos en contra de niños, niñas o adolescentes.

A raíz de la cantidad de denuncias de abusos sexuales al interior de la Iglesia, y de todos los procesos investigativos que se están llevando a cabo, parlamentarios han ingresado al Congreso proyectos de ley que buscan generar la obligación de denunciar por parte de la Iglesia y que serían puestos en tabla para acelerar su despacho.

Uno de ellos -ingresado en 2015- se encuentra en condiciones de ser visto por la Sala del Senado (segundo trámite constitucional) y tiene por objetivo modificar el Código de Procedimiento Civil para eliminar privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas. Esto, tras la decisión de los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de aprobar la idea de legislar.

El senador socialista, integrante de dicha comisión y además vicepresidente del Senado, Alfonso De Urresti anunció a La Tercera que pedirá que se ponga celeridad a la iniciativa para su trámite en Sala.

“Queremos seguir colaborando para evitar que las altas autoridades políticas, militares y por cierto también eclesiásticas tengan este tipo de privilegios a la hora de declarar”, aseguró el senador, destacando que el proyecto no está destinado sólo a miembros de la Iglesia, sino que también para personeros de las Fuerzas Armadas, ministros y parlamentarios.

La propuesta, iniciada en moción parlamentaria, establece que arzobispos, obispos, vicarios generales, provisores, vicarios y provicarios capituales y los párrocos dentro del territorio bajo su jurisdicción podrán testificar ante un tribunal. En la actualidad se encuentran exentos de esta obligación.

Así, la idea central del proyecto es eliminar este privilegio procesal en favor de las autoridades eclesiásticas, pues no ejercen ningún tipo de función pública.

Esto se ha dado en el marco de la investigación de encubrimientos de abusos sexuales, proceso llevado en contra de Ricardo Ezzati y Francisco Javier Errázuriz. Éste último se encuentra declarando ante la fiscalía en calidad de imputado por eventuales encubrimientos en casos de abuso sexual al interior de la Iglesia.

El segundo proyecto

Por otro lado, una segunda iniciativa se encuentra pendiente de discusión en la Cámara de Diputados. Esta pretende marcar la obligatoriedad de denunciar ante el conocimiento de abusos sexuales.

El proyecto dice textual: “Las autoridades eclesiásticas de cualquier confesión religiosa, sea de derecho público o derecho privado, y, en general los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos, sacerdotes, religiosas u otras personas que conforme a las reglas de cada denominación religiosa detenten algún grado de autoridad sobre una congregación o grupo de personas en razón de la práctica de alguna creencia, y los directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativa, deportiva o de otra índole. Todos ellos estarán obligados a denunciar los delitos cometidos en contra de niños, niñas o adolescentes y en contra de personas que por su condición física o mental no se encuentren en condición de ejercitar por sí mismas sus derechos.”

En tanto, en medio del debate en la Comisión de Constitución, el diputado PS Leonardo Soto pidió agregar una indicación que dice relación con la penalidad de la falta. Es decir, establecer otro criterio respecto de la sanción penal, que en caso de la omisión de deber de denuncia estaba considerado multa, pero en este caso se agregó un nuevo inciso en el que se asimila a la sanción penal del encubrimiento solo por el hecho de omitir el deber de denuncia.

 




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