LA PLATA (ARGENTINA)
Clarín [Buenos Aires, Argentina]
November 11, 2021
By Fabián Debesa
También rechazó el pedido de sobreseimiento. El sacerdote está acusado de abusar durante años de una alumna de un colegio donde era asesor espiritual.
La investigación por abusos contra una chica que involucra al cura Raúl Anatol Sidders (61), consejero espiritual de un colegio religioso de La Plata, avanza hacia el final del proceso que podría condenarlo a más de 12 años de prisión.
El juez de Garantías Agustín Crispo aceptó el pedido de elevación a juicio oral de la causa formulado por el fiscal Alvaro Garganta. Pero además, rechazó un planteo de prescripción de la acción penal y un pedido de sobreseimiento realizado por la defensa del sacerdote.
Sidders está acusado de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo y circunstancias de su realización. Y doblemente agravado por resultar en un grave daño en la salud mental de la víctima y por ser ministro de algún culto. También le imputan corrupción de menores agravada porque abusó de alguien menor de trece años.
Los abusos ocurrieron entre 2004 y 2008. Fueron denunciados a mediados del 2020 por una mujer que ahora tiene 28 años. Su relato en plena pandemia y después de un `prolongado tratamiento psicológico, provocó un escándalo en el colegio San Vicente de Paul, de la zona del barrio Hipódromo de La Plata.
Es un centro educativo religioso tradicional de la capital bonaerense al que asisten más de 800 niños desde los niveles iniciales hasta el secundario.
Según contó la mujer en la fiscalía y luego ratificó ante los peritos, mientras asistía al cuarto grado en el San Vicente, el cura -que se desempeñaba como capellán de la Unidad Educativa “Monseñor Lodigiani” de ese colegio, la sometió a variadas formas de abuso.
Contó que le hacía colocar sus manos en los bolsillos de la sotana y sentir su pene erecto. Esto ocurría en el patio de la institución y durante los recreos. Además, en las “habituales confesiones”, corrompió a “Rocío” (como se la identifica para preservar su verdadera identidad) mediante explicaciones “personalísimas” sobre cómo masturbarse, realizar sexo oral y mantener relaciones sexuales con su novio.
El escándalo por las revelaciones de Rocío impactaron en la cúpula de la Iglesia. Cuando los primeros relatos se publicaron en las redes, el arzobispo de La Plata, Víctor Manuel Fernández, decidió relevarlo de su cargo en la escuela y trasladarlo a Misiones. También le ordenó alejarse del contacto con menores.
El 20 de agosto de 2020 se hizo la denuncia penal. Al otro día, la diócesis de Puerto Iguazú, emitió un comunicado en el que calificaba de “fake news” a las acusaciones y sostenía que Sidders debía ser considerado “inocente hasta que se demuestre lo contrario”.
El cura abusador fue detenido en diciembre cuando lo trasladaron para la indagatoria. Pero la Justicia lo benefició con el arresto domiciliario por considerarlo de riesgo por afecciones cardíacas. Estuvo poco más de un mes detenido en un alcaidía de La Plata.
Ahora el proceso quedó atravesado por un debate jurídico a partir de las cuestiones presentadas por el abogado del párroco, Marcelo Peña.
El defensor cree que los delitos prescribieron por el tiempo transcurrido entre los hechos que se le atribuyen y el inicio del proceso. Sin embargo, el juez Crispo, en una extensa y fundamentada resolución, descartó el pedido.
Incluye en sus argumentos los tratados y convenios internacionales a los que adhirió la Argentina a fines del Siglo XX. Sostuvo Crispo que “los hechos de abuso sexual denunciados y aquí investigados habrían acaecido cuando estos instrumentos internacionales, esto es, la “Convención de Belém do Pará” y la Convención sobre los Derechos de Niño se encontraban vigentes, no encontrándose extinguida la acción penal de los delitos en cuestión”.
Crispo aludió en su dictamen también la “Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas”, incorporado al Código Penal, que establece: “en delitos contra la integridad sexual -entre los que se encuentra el endilgado al imputado Sidders- “se suspende la prescripción mientras la víctima sea menor de edad y hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad”: Quiere decir que ese plazo comenzó a correr hace 10 años y no desde 2008 como pretendía Peña.
Tampoco accedió al pedido de sobreseimiento. El argumento de la defensa es que no estaban probados los delitos denunciados y que no había elementos “fácticos” para atribuírselos a Sidders.
O sea: el testimonio de la mujer no valía. No podía ser considerado como prueba contundente.
Pero el juez Crispo se respaldó en los informes psicológicos, el aporte de la madre de “Rocío” y el de otras compañeras del colegio que contaron situaciones similares.
Sidders sigue detenido con prisión domiciliaria y con pulsera electrónica en la casa de un familiar en Pilar. La fecha para la realización del juicio oral no está determinada. Mantiene su condición de sacerdote porque los institutos de juzgamiento de la Iglesia aún no se pronunciaron.
MI